Restricción de vehículos de carga “puente festivo la Ascensión del Señor”
del viernes 15 al lunes 18 de mayo 2015, en la Red Vial Nacional
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución
0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 PUENTES FESTIVOS, se comunica a
los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red
vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los
vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN
OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON
CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS
DEPARTAMENTOS.
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Viernes
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15 de mayo
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16:00 A 22:00 HORAS
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Sábado
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16 de mayo
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07:00 A 15:00 HORAS
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Lunes
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18 de mayo
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09:00 A 23:00 HORAS
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Vías a restringir:
1. ARMENIA - PEREIRA-RIOSUCIO
2. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
3. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL
MAR)
4. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
5. BOGOTÁ - CHOACHI.
6. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ –
CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
8. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
9. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA –
HONDA.
10.
BOGOTÁ – TUNJA.
11.
BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
12.
BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
13.
BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14.
BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL
VISO-TURBACO-CARTAGENA
15.
BUCARAMANGA –LA LIZAMA
16.
BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
17.
BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
18.
CARTAGENA- BARRANQUILLA
19.
CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
20.
CUCUTA-SARDINATA
21.
HATILLO-BARBOSA
22.
HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
23.
IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
24.
IBAGUÉ-HONDA
25.
MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA
26.
MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA
27.
MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
28.
MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
29.
MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCACIA
30.
MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
31.
MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ
DEL VISO (BOLÍVAR)
32.
NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
33.
NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
34.
PASTO – CHACHAGÜI.
35.
PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
36.
RIOHACHA - SANTA MARTA
37.
RIOHACHA - VALLEDUPAR
38.
SANTA MARTA – RIOACHA
39.
SANTA MARTA-BARRANQUILLA
40.
SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
41.
SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
42.
TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
43.
TUNJA-BARBOSA
44.
TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
45.
VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
46.
VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE
UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL.
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NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la
Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u
obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en
los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el
Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico
Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de
tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el
propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
Igualmente, podrá implementar anillos viales en los
siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San Pedro,
Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.
NOTA 1: El día viernes 15 de mayo de 2015,
la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la
Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día lunes 18 de mayo
de 2015, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de
carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: Los vehículos que
transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las
restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del
12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por
INVIAS.
NOTA 4: La Policía Nacional a
través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de
maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor
sobre la red vial nacional.
NOTA 5: Las excepciones para el
movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente
comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por
la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular
tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras
disposiciones".
NOTA 6: El Instituto Nacional de Vías -
INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la
red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red
vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No
obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos
concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se
adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por
parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde
seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 7: Se establece el Puesto
de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía
Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de
Puertos y Transporte, INVIAS y ANI.
Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767
Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767
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