viernes, 17 de julio de 2015
RESTRICCION VEHICULOS DE CARGA PUENTE FESTIVO VIERNES 17 AL LUNES 20 JULIO
Restricción de vehículos de carga para el puente festivo del viernes 17 al lunes 20 de julio de 2015, en la Red Vial Nacional
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su Artículo 2 PUENTES FESTIVOS, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.
Día Fecha Horario
VIERNES 17 - Julio -2015 16:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 18 - Julio -2015 09:00 A 17:00 HORAS
LUNES 20 - Julio -2015 09:00 A 23:00 HORAS
Vías a restringir:
1. ARMENIA - PEREIRA-RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO
2. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
3. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
4. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
5. BOGOTÁ - CHOACHI.
6. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
8. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
9. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
10. BOGOTÁ – TUNJA.
11. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
12. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
15. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
16. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
17. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
18. CARTAGENA- BARRANQUILLA
19. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
20. CUCUTA-SARDINATA
21. HATILLO-BARBOSA
22. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
23. IBAGUÉ – ARMENIA
24. IBAGUÉ-HONDA
25. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA
26. MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA
27. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
28. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
29. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCACIA
30. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
31. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR)
32. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
33. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
34. PASTO – CHACHAGÜI.
35. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
36. RIOHACHA - VALLEDUPAR
37. SANTA MARTA - RIOACHA
38. SANTA MARTA-BARRANQUILLA
39. Y DE CIENAGA – FUNDACIÓN - SAN ROQUE - AGUACHICA
40. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
41. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
42. TUNJA-BARBOSA
43. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
44. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
45. VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL.
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
Igualmente, podrá implementar anillos viales en los siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San Pedro, Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.
NOTA 1: El viernes 17 de julio de 2015, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El lunes 20 de julio de 2015, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: En la vía Loboguerrero - Mediacanoa se aplicará la restricción contenida en la Resolución 4306 del 26 de junio de 2015.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 6: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones".
NOTA 7: El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 8: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
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