Restricción
de vehículos de carga “para la temporada vacacional de Semana Santa 2015, en la
Red Vial Nacional”
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto
2014, en su artículo 2 TEMPORADA VACACIONAL DE SEMANA SANTA, se comunica a los
gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red
vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los
vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN
OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON
CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS
DEPARTAMENTOS.
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Viernes
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27 de marzo
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15:00 A 22:00 HORAS
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Sábado
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28 de marzo
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09:00 A 20:00 HORAS
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Domingo
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29 de marzo
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12:00 A 22:00 HORAS
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Miércoles
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01 de abril
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12:00 A 24:00 HORAS
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Jueves
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02 de abril
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08:00 A 12:00 HORAS
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Sábado
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04 de abril
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12:00 A 22:00 HORAS
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Domingo
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05 de abril
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09:00 A 24:00 HORAS
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Vías a restringir:
1. BOGOTÁ – LA VEGA –
VILLETA – HONDA.
2. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ –
MELGAR – IBAGUÉ.
3. BOGOTÁ – TUNJA.
4. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ –
UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
5. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
6. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO –
ACACÍAS.
7. MEDELLÌN – SANTA FE DE
ANTIOQUIA.
8. BOGOTÁ - CHOACHI.
9. BARRANQUILLA – CARTAGENA
(VÍA AL MAR)
10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
12. PASTO – CHACHAGÜI.
13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA-
VILLETA
14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
15. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
18. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
19. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
20. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
22. SANTA MARTA-BARRANQUILLA
23. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
24. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
25. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
26. TUNJA-BARBOSA
27. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
28. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCACIA
29. HATILLO-BARBOSA
30. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
31. MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA
32. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA
33. ARMENIA - PEREIRA-RIOSUCIO
34. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA
35. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
36. IBAGUÉ-HONDA
37. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
38. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ
DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
39. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
40. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
41. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ
DEL VISO (BOLÍVAR)
42. VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE
UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL.
43. RIOHACHA - VALLEDUPAR
44. RIOHACHA - SANTA MARTA
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NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3
de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u
obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en
los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el
Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico
Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de
tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el
propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
Igualmente, podrá implementar anillos
viales en los siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San
Pedro, Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.
NOTA 1: El día viernes 27 de marzo de 2015,
la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la
Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día domingo 5 de abril de 2015,
la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con
capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: Los vehículos que
transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las
restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del
12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por
INVIAS.
NOTA 4: La Policía Nacional a
través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de
maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor
sobre la red vial nacional.
NOTA 5: Las excepciones para el
movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente
comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de
2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del
tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y
se dictan otras disposiciones".
NOTA 6: El Instituto Nacional de
Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES
de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la
red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado.
No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos
concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se
adelantaran algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por
parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde
seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 7: Se establece el Puesto de Mando
Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional,
con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y
Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152
Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e
información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
NOTA 8: De acuerdo con las
facultades contenidas en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 en el
artículo 3, se modifica la restricción para el tránsito de vehículos de carga
el día jueves 2 de abril reduciéndola en 8 horas quedando así:
DIA
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FECHA
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HORARIO DE RESTRICCIÓN
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Jueves
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02 de abril
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08:00 A 12:00 HORAS
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