sábado, 28 de marzo de 2015

Restricción de vehículos de carga “para la temporada vacacional de Semana Santa 2015, en la Red Vial Nacional”
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 TEMPORADA VACACIONAL DE SEMANA SANTA, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:


FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES  QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.

Viernes
27 de marzo
15:00 A 22:00 HORAS
Sábado
28 de marzo
09:00 A 20:00 HORAS
Domingo
29 de marzo
12:00 A 22:00 HORAS
Miércoles
01 de abril
12:00 A 24:00  HORAS
Jueves
02 de abril
08:00 A 12:00  HORAS
Sábado
04 de abril
12:00 A 22:00 HORAS
Domingo
05 de abril
09:00 A 24:00  HORAS

Vías a restringir:

1.     BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
2.     BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
3.     BOGOTÁ – TUNJA.
4.     BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
5.     BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
6.     BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
7.     MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
8.     BOGOTÁ  - CHOACHI.
9.     BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
10.  IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
11.  NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
12.  PASTO – CHACHAGÜI.
13.  BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14.  BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
15.  SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
16.  CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
17.  ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
18.  BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
19.  BUCARAMANGA –LA LIZAMA
20.  VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
21.  HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
22.  SANTA MARTA-BARRANQUILLA
23.  BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
24.  TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
25.  TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
26.  TUNJA-BARBOSA
27.  MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
28.  MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCACIA
29.  HATILLO-BARBOSA
30.  MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
31.  MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA
32.  MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA
33.  ARMENIA - PEREIRA-RIOSUCIO
34.  PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA
35.  NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
36.  IBAGUÉ-HONDA
37.  PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
38.  BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
39.  SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
40.  BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
41.  MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO  (BOLÍVAR)
42.  VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL.
43.  RIOHACHA - VALLEDUPAR
44.  RIOHACHA - SANTA MARTA

  
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

Igualmente, podrá implementar anillos viales en los siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San Pedro, Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.
NOTA 1: El día viernes 27 de marzo de 2015, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día domingo 5 de abril de 2015, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 4: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional. 
NOTA 5: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones".
NOTA 6: El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantaran algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios. 

NOTA 7: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

NOTA 8: De  acuerdo con las facultades contenidas en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 en el artículo 3, se modifica la restricción para el tránsito de vehículos de carga el día jueves 2 de abril reduciéndola en 8 horas quedando así:

DIA
FECHA
HORARIO DE RESTRICCIÓN
Jueves
02 de abril
08:00 A 12:00  HORAS



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